KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº71 - Octubre 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 48 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.) Cambio de criterio en la DGT respecto de la tributación por AJD de la escritura modificativa del valor de tasación de un inmueble hipotecado. Consulta Vinculante a la DGT V1914-18, de 29/06/2018 El consultante y su esposa, con la intención de realizar una novación del préstamo hipotecario que tienen concedido en la que no se modificaría ni el capital, ni el plazo de amortización, sino solo el tipo de interés, plantean -dado que la anterior tasación tiene más de 6 meses y la entidad bancaria pide que se haga una nueva tasación de la vivienda- cuál será la tributación de la escritura notarial de subrogación de hipoteca con modificación (i) del tipo de interés y (ii) nueva tasación de la vivienda . Respecto al primer caso, señala la DGT que la escritura pública en la que se formalice la novación modificativa de un préstamo hipotecario consistente en la modificación del tipo de interés , de común acuerdo entre deudor y acreedor y siempre que este sea una entidad financiera de las referidas en el art. 2º de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Mercado Hipotecario, está exenta de la cuota gradual de actos jurídicos documentados, documentos notariales , del ITP y AJD. En el segundo caso, la escritura pública que documente la modificación del valor de tasación del inmueble hipotecado no está sujeta a la cuota gradual de actos jurídicos documentados, documentos notariales , ya que carece del requisito relativo a que la escritura tenga contenido valuable. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD)

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