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KNOWTax&Legal

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Ámbito fiscal (cont.)

Órdenes Ministeriales

ORDEN HAP/841/2016, de 30 de mayo (BOE 02/06/2016),

por la que se

aprueban los modelos 364 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de

reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la Organización del

Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha

Organización y a los Estados parte en dicho Tratado" y 365 "Impuesto sobre el

Valor Añadido. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas

a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales

Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado" y

se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación

electrónica, y se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, así como otra

normativa tributaria.

ORDEN HAP/871/2016, de 6 de junio (BOE 07/06/2016),

por la que se

aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del

Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondientes a establecimientos

permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas

en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos

impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, se dictan

instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen

las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica,

y se aprueba el documento normalizado de documentación específica de

operaciones con personas o entidades vinculadas para entidades que cumplan

los requisitos del art. 101 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto

sobre Sociedades.

La presente Orden entrará en vigor el 1 de julio de 2016.

Las principales

novedades

incorporadas por la nueva normativa del impuesto,

plasmada en estos nuevos modelos, son las siguientes:

–– Se actualiza el

principio de devengo

, en consonancia con los criterios

contables.

–– Se establece la no

deducibilidad

de cualquier tipo de deterioro, con la

excepción de las existencias y de los créditos y partidas a cobrar.

–– Se incorpora una limitación adicional en relación con la deducibilidad de

los

gastos financieros

asociados a la adquisición de participaciones en

entidades cuando, posteriormente, la entidad adquirida se incorpora al

grupo de consolidación fiscal al que pertenece la adquirente o es objeto

de una operación de reestructuración. En los

modelos 200 y 220 se ha

desarrollado en mayor medida el cuadro de deducibilidad de los gastos

financieros

.

–– En el ámbito de las

operaciones vinculadas

se presentan novedades

en relación con la documentación específica a elaborar por las entidades

afectadas, que tiene un contenido simplificado para las entidades o grupos

de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a

45 millones de euros y no será necesaria en relación con determinadas

operaciones. Esto resulta de aplicación para períodos impositivos iniciados

a partir de 1 de enero de 2016.

–– Se aprueba, por otro lado, en esta Orden: (i)

un cuadro informativo

relativo a las operaciones con personas y entidades vinculadas

, similar

al de años anteriores, en el que se mantiene la obligatoriedad de informar

de todas las operaciones específicas realizadas en el período impositivo con

la misma persona o entidad vinculada, siempre que sean del mismo tipo,

se utilice el mismo método de valoración y superen el importe conjunto

de 100.000 euros de valor de mercado. También se debe informar de las

operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre

que el importe