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KNOWTax&Legal

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Novedades legislativas

Ámbito fiscal

Órdenes Ministeriales

ORDEN HFP/105/2017, de 6 de febrero (BOE 10/02/2017),

por la que se

aprueba el modelo 121

"Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo.

Comunicación de la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no

obligados a presentar declaración",

y el modelo 122

"Impuesto sobre la Renta

de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, por personas con

discapacidad a cargo o por ascendiente con dos hijos separado legalmente

o sin vínculo matrimonial. Regularización del derecho a la deducción por

contribuyentes no obligados a presentar declaración"

, se establece el lugar, forma

y plazo para su presentación y se modifica otra normativa tributaria.

En relación con la deducción por familia numerosa o por personas con

discapacidad a cargo, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

(Ley 35/2006, de 28 de noviembre) recoge como especialidad que, en el caso de

dos o más contribuyentes con derecho a alguna de las deducciones respecto a

un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, es posible la

cesión

de la totalidad de la deducción a favor de uno de ellos.

A efectos de efectuar

dicha cesión, y para el supuesto en el que contribuyente que cede el derecho

no

esté obligado a presentar declaración,

la Orden aprueba el

modelo 121

cuyas

principales características

son las siguientes:

1. Se deberá presentar la comunicación en

papel

impreso o de

forma

electrónica

a través de Internet, en el plazo establecido en cada ejercicio para

la presentación de la declaración del IRPF, siempre que se den las siguientes

circunstancias:

Que

dos o más contribuyentes tengan derecho

a la aplicación de las

deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo

respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa.

Que se

pretenda ceder ese derecho

a favor de otro contribuyente que

ejercerá el derecho a la deducción en su declaración.

Que no se hubiera optado por la

percepción anticipada

de la deducción

presentando una solicitud colectiva.

Que el contribuyente que cede el derecho

no esté obligado a presentar

declaración.

2. Por último, este modelo se utilizará por primera vez en los plazos para

la presentación de la declaración del IRPF correspondiente al periodo

impositivo 2016.