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KNOWTax&Legal
Nº 53 – Febrero 2017
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Ámbito fiscal (cont)
Órdenes Ministeriales
Por otro lado, se prevé en la normativa del IRPF que los
contribuyentes
no obligados a presentar declaración
por el
IRPF
deberán
regularizar
su
situación tributaria,
cuando el abono anticipado percibido por cada una
de las deducciones
por familia numerosa, por personas con discapacidad o
por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial
exceda de la cuantía de la deducción a la que tengan derecho. A efectos de
practicar esta regularización, a través de la Orden se aprueba el
modelo 122
que deberá presentarse en el
plazo
comprendido entre la fecha en que los
pagos anticipados se hayan percibido de forma indebida hasta que finalice
el plazo para la presentación de la declaración del IRPF correspondiente al
ejercicio en que se haya percibido el pago anticipado de forma indebida (si
bien, el modelo 122 en el que se regularicen cantidades percibidas en exceso
durante el ejercicio 2016 que deban presentar los contribuyentes del IRPF no
obligados a declarar en este ejercicio, deberá realizarse en el plazo establecido
para la presentación de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio
2016). Dicho modelo se puede presentar en
papel impreso
o de
forma
electrónica
a través de Internet.
ORDEN HFP/145/2017, de 20 de febrero (BOE 24/02/2017),
por
la que se aprueba la relación de valores negociados en mercados
organizados, con su valor de negociación medio correspondiente al
cuarto trimestre de 2016, a efectos de la declaración del Impuesto
sobre el Patrimonio del año 2016 y de la declaración informativa anual
acerca de valores, seguros y rentas.