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KNOWTax&Legal

Nº 53 – Febrero 2017

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Ámbito fiscal (cont)

Órdenes Ministeriales

Por otro lado, se prevé en la normativa del IRPF que los

contribuyentes

no obligados a presentar declaración

por el

IRPF

deberán

regularizar

su

situación tributaria,

cuando el abono anticipado percibido por cada una

de las deducciones

por familia numerosa, por personas con discapacidad o

por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial

exceda de la cuantía de la deducción a la que tengan derecho. A efectos de

practicar esta regularización, a través de la Orden se aprueba el

modelo 122

que deberá presentarse en el

plazo

comprendido entre la fecha en que los

pagos anticipados se hayan percibido de forma indebida hasta que finalice

el plazo para la presentación de la declaración del IRPF correspondiente al

ejercicio en que se haya percibido el pago anticipado de forma indebida (si

bien, el modelo 122 en el que se regularicen cantidades percibidas en exceso

durante el ejercicio 2016 que deban presentar los contribuyentes del IRPF no

obligados a declarar en este ejercicio, deberá realizarse en el plazo establecido

para la presentación de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio

2016). Dicho modelo se puede presentar en

papel impreso

o de

forma

electrónica

a través de Internet.

ORDEN HFP/145/2017, de 20 de febrero (BOE 24/02/2017),

por

la que se aprueba la relación de valores negociados en mercados

organizados, con su valor de negociación medio correspondiente al

cuarto trimestre de 2016, a efectos de la declaración del Impuesto

sobre el Patrimonio del año 2016 y de la declaración informativa anual

acerca de valores, seguros y rentas.